INFRACCIONES

viernes, 6 de marzo de 2009

¿QUÉ ES UNA INFRACCIÓN?

Según el Reglamento disciplinario aplicable a los alumnos ordinarios de la PUCP, es toda acción u omisión que contraviene los principios, fines o disposiciones de la Universidad, o los deberes que corresponden a la condición de estudiante de esta casa de estudios, que se encuentra tipificada como tal en el presente Reglamento y que conlleva la aplicación de una sanción.

¿QUÉ SE CONSIDERA UNA INFRACCIÓN?

Se consideran
infracciones leves:

a)
No tratar con el cuidado debido la infraestructura, los materiales o los servicios que brinda la Universidad.

b) Utilizar las instalaciones, materiales, servicios, nombre o logotipo de la Universidad sin autorización o de forma distinta a la que corresponda a la autorización que se le hubiere otorgado.

c) Dirigirse a los órganos o a los demás miembros de la comunidad universitaria en forma irrespetuosa.

d)
Intentar distorsionar la objetividad de la evaluación académica en exámenes o pruebas mediante la copia del examen de otro alumno del curso durante una evaluación o permitiendo que otro alumno copie del examen que el alumno viene desarrollando, siempre y cuando no medie premeditación. Entre otras.


Se consideran
infracciones graves:

a) Presentar documentos de identidad que no pertenecen al alumno o prestar sus documentos personales a terceros, sean alumnos o no de la Universidad, con la finalidad de ingresar a los locales de la Universidad o hacer uso de los servicios que ésta brinda.

b)
Presentar, a sabiendas, información falsa o falsificada u omitir información relevante a la Universidad.

c) Cometer plagio o cualquier otro acto que intente alterar o distorsionar la objetividad de la evaluación académica, salvo los casos previstos en el inciso d) del artículo precedente.

d) Realizar actos que deliberadamente perjudiquen o pudieren perjudicar la infraestructura, materiales y bienes que posee la Universidad, o los servicios que ésta brinda.

e) Cometer un delito doloso, que hubiere traído consigo una condena judicial, de acuerdo con los términos de la sentencia. Entre otras.

¿CUÁLES SON LAS SANCIONES?

Ante infracciones leves los alumnos podrán ser sancionados con amonestación (llamada de atención por escrito al alumno) o suspensión de alguno o todos los servicios no educativos hasta por seis meses.

Ante infracciones graves los alumnos podrán ser sancionados con suspensión académica hasta por veinticuatro meses o con expulsión de la Universidad.

¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO?

Ante infracciones leves:
- Primera instancia: Decano de EE.GG.LL
- Segunda y última instancia: Consejo de EE.GG.LL

Ante infracciones graves:
- Primera instancia: Consejo de EE.GG.LL
- Segunda instancia: Consejo Universitario.

Excepción: Aunque el préstamo de documentos de identidad es considerado una infracción grave la primera instancia es el Decano de EE.GG.LL, la segunda, el Consejo de EE.GG.LL y la tercera instancia, el Consejo Universitario.

PARA MÁS INFORMACIÓN VER LA VERSIÓN DIGITAL DEL REGLAMENTO DISCIPLINARIO APLICABLE A LOS ALUMNOS DE LA PUCP: http://blog.pucp.edu.pe/media/1876/20080418-Microsoft%20Word%20-%2005-0003%20Reglamento%20disciplinario%20aplicables%20a%20los%20alumnos%20ordinarios.pdf

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola, muy interesante el articulo, saludos desde Colombia!

Anónimo dijo...

Saludos, muy interesante el articulo, espero que sigas actualizandolo!